Los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de este año incluyen medidas de apoyo para las Entidades Locales que tengan problemas financieros y hayan incumplido el plazo máximo de pago a proveedores en diciembre de 2020 o marzo o junio de 2021.
La normativa establece que el plazo máximo del pago de facturas para las Administraciones Públicas no puede sobrepasar los 30 días, ampliables como máximo a 60 días, pero es bien sabido que, cuando una empresa emite una factura a una administración pública, a veces no se cobra en plazo.
Las medidas contenidas en los PGE se concretan en la creación de un mecanismo de pago a proveedores para que las Entidades Locales puedan cancelar la deuda comercial anterior a julio de 2021 y, de esta manera, ponerse al día con sus pagos.
En la sede electrónica de la Agencia Tributaria se ha habilitado la Plataforma de pago a proveedores de Entidades Locales. El objetivo es que las entidades locales registren las facturas pendientes de pago para que, posteriormente, los proveedores puedan aceptar el pago de dichas facturas por esta vía, lo que será financiado a través del ICO.
En cualquier caso, es necesaria la aceptación de los proveedores para percibir el importe de sus facturas por este mecanismo, y se limitará al principal de la deuda, ya que la aceptación implicará la renuncia a la percepción y exigencia de intereses de demora, costas y conceptos accesorios.
El funcionamiento de la plataforma está sujeto a unos plazos que hay que tener en cuenta:
- Hasta el 11 de febrero, las entidades locales habrán subido a la plataforma las facturas pendientes de pago de sus proveedores.
- Del 12 al 25 de febrero, los proveedores pueden acceder a la plataforma para visualizar las facturas emitidas por ellos que hayan sido incorporadas por las entidades locales.
Si hubiera errores o se detecta que alguna factura no ha sido incorporada, los proveedores deberán contactar directamente con las entidades locales y presentar una solicitud de Certificación Individual. Si la información de las facturas es correcta, pueden dar su aceptación (individual o masiva) para el cobro de estas facturas a través del ICO.
- Del 12 de febrero al 11 de marzo, las entidades locales podrán gestionar las solicitudes de certificados indicados en el apartado anterior. En caso de estimarse su aprobación por el interventor de la entidad local, éstas deberán dar de alta en la plataforma las correspondientes facturas.
- Hasta el 11 de marzo, las entidades locales podrán modificar la información de aquellas facturas que consideren, siempre y cuando el proveedor aún no haya manifestado su aceptación sobre dicha factura. Dicha manifestación podrá ser explícita del propio proveedor, o implícita ante la incorporación de facturas al sistema incluidas en un Certificado Individual emitido por la entidad local.
También hasta el 11 de marzo, las EELL tienen la potestad de anular cualquier factura que hayan incorporado a la plataforma (por ejemplo, facturas duplicadas o erróneas), incluidas aquellas que se han dado de alta a raíz de una certificación individual.
- A partir del 12 de marzo, solo se podrá acceder a la plataforma para consultar la información remitida.
En definitiva, esta plataforma va a permitir a los entes locales habilitados la gestión de las facturas pendientes de pago, lo que sin lugar a duda va a beneficiar, tanto a las administraciones, que van a conseguir ponerse al día en sus pagos y reducir su tasa de morosidad, como a los proveedores, que van a conseguir cobrar facturas atrasadas.